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Article 70

Subsidio Para Liquidaciones Con Insuficiencia Para La

Ley 550 de 1999 · por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley

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01

Text of the article

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atención de gastos del proceso. En aquellas liquidaciones en las cuales no existan recursos suficientes para atender su remuneración, los honorarios de los liquidadores se subsidiarán con el dinero proveniente de las contribuciones que sufragan las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno.

El subsidio no podrá ser en ningún caso superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales y se pagará mensualmente, siempre y cuando el respectivo auxiliar cumpla con sus funciones y el proceso liquidatorio marche normalmente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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