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Article 21

Ley 712 de 2001 · por la cual se reforma el Código Procesal del Trabajo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El artículo 42 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social quedará así:

Artículo 42 . Principios de oralidad y publicidad. Las actuaciones judiciales en las instancias se efectuarán oralmente en audiencia pública, so pena de nulidad. Se exceptúan de estos principios las señaladas expresamente en la ley y además los siguientes autos:

1.

Los de sustanciación.

2.

Los interlocutorios no susceptibles de apelación.

3.

Los interlocutorios que se dicten antes de la conciliación y con posteridad a las sentencias de instancias.

4.

Los que resuelven los recursos de reposición.

5.

Los que decreten pruebas en segunda instancia.

Parágrafo 1

. En los procesos ejecutivos sólo se aplicarán estos principios, en la práctica de pruebas y en la decisión de excepciones.

Parágrafo 2

. El juez podrá limitar la duración de las intervenciones de las partes y de sus apoderados.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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