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Article 24

Secretaría General

Decreto 2094 de 2016 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social.

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01

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Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General del Departamento, las siguientes

1.

Asesorar al Director del Departamento Administrativo y a las demás dependencias en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración del talento humano, recursos físicos, financieros y de soporte tecnológico.

2.

Planear, dirigir y coordinar los programas de administración de personal, seguridad industrial, relaciones laborales del personal y calidad de vida laboral de los empleados, de acuerdo con las políticas del Departamento Administrativo y las normas legales vigentes establecidas sobre la materia.

3.

Planear y coordinar los procesos de talento humano, financiero, contratación, almacenamiento y custodia de bienes y materiales y logístico del Departamento Administrativo a nivel nacional y territorial.

4.

Dirigir la elaboración del plan financiero de fuentes y usos de recursos del Departamento Administrativo, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios.

5.

Proponer las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal.

6.

Propender por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y el manejo del talento humano y de los recursos técnicos, materiales, físicos y financieros del Departamento Administrativo.

7.

Prestar el soporte técnico y entrega del servicio a los usuarios del Departamento Administrativo, garantizando el adecuado funcionamiento de la infraestructura y plataforma tecnológica, en coordinación con las dependencias relacionadas.

8.

Diseñar, mantener e implementar los sistemas de información de soporte y operativos del Departamento Administrativo, así como la gestión de los requerimientos funcionales y no funcionales de estos.

9.

Implementar las políticas de seguridad informática y de la plataforma tecnológica del Departamento Administrativo, establecidas por la Oficina de Tecnología de Información ejecutando los planes de contingencia de la plataforma tecnológica y supervisando su adecuada y efectiva aplicación.

10.

Diseñar e implementar, conjuntamente con la Oficina de Gestión Regional los esquemas organizacionales, mecanismos e instrumentos para optimizar la programación, supervisión, monitoreo y evaluación de resultados del personal, que opera en el territorio.

11.

Coordinar los procesos de notificación y publicidad de todos los actos administrativos que emita el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en virtud de sus funciones y llevar el registro, numeración y archivo de toda la producción normativa de la Entidad.

12.

Dirigir las investigaciones de carácter disciplinario que se adelanten contra los servidores del Departamento Administrativo y resolverlas en primera instancia de conformidad con la Ley 734 de 2002.

13.

Servir como enlace entre el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y sus entidades adscritas y vinculadas y brindar asistencia y soporte.

14.

Coordinar y revisar la información y respuesta de los procesos a su cargo frente a los requerimientos de los entes de control.

15.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión en la Dependencia.

16.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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