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Artículo 24

Secretaría General

Decreto 2094 de 2016 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General del Departamento, las siguientes

1.

Asesorar al Director del Departamento Administrativo y a las demás dependencias en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración del talento humano, recursos físicos, financieros y de soporte tecnológico.

2.

Planear, dirigir y coordinar los programas de administración de personal, seguridad industrial, relaciones laborales del personal y calidad de vida laboral de los empleados, de acuerdo con las políticas del Departamento Administrativo y las normas legales vigentes establecidas sobre la materia.

3.

Planear y coordinar los procesos de talento humano, financiero, contratación, almacenamiento y custodia de bienes y materiales y logístico del Departamento Administrativo a nivel nacional y territorial.

4.

Dirigir la elaboración del plan financiero de fuentes y usos de recursos del Departamento Administrativo, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios.

5.

Proponer las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal.

6.

Propender por la debida aplicación del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y el manejo del talento humano y de los recursos técnicos, materiales, físicos y financieros del Departamento Administrativo.

7.

Prestar el soporte técnico y entrega del servicio a los usuarios del Departamento Administrativo, garantizando el adecuado funcionamiento de la infraestructura y plataforma tecnológica, en coordinación con las dependencias relacionadas.

8.

Diseñar, mantener e implementar los sistemas de información de soporte y operativos del Departamento Administrativo, así como la gestión de los requerimientos funcionales y no funcionales de estos.

9.

Implementar las políticas de seguridad informática y de la plataforma tecnológica del Departamento Administrativo, establecidas por la Oficina de Tecnología de Información ejecutando los planes de contingencia de la plataforma tecnológica y supervisando su adecuada y efectiva aplicación.

10.

Diseñar e implementar, conjuntamente con la Oficina de Gestión Regional los esquemas organizacionales, mecanismos e instrumentos para optimizar la programación, supervisión, monitoreo y evaluación de resultados del personal, que opera en el territorio.

11.

Coordinar los procesos de notificación y publicidad de todos los actos administrativos que emita el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en virtud de sus funciones y llevar el registro, numeración y archivo de toda la producción normativa de la Entidad.

12.

Dirigir las investigaciones de carácter disciplinario que se adelanten contra los servidores del Departamento Administrativo y resolverlas en primera instancia de conformidad con la Ley 734 de 2002.

13.

Servir como enlace entre el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y sus entidades adscritas y vinculadas y brindar asistencia y soporte.

14.

Coordinar y revisar la información y respuesta de los procesos a su cargo frente a los requerimientos de los entes de control.

15.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión en la Dependencia.

16.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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