Los soldados, auxiliares bachilleres que presten el servicio militar obligatorio en la Policía Nacional y grumetes de las Fuerzas Militares tendrán una bonificación mensual para gastos personales de treinta y seis mil setecientos cincuenta y dos pesos ($36.752) m/cte. Los soldados del batallón Guardia Presidencial y de los batallones de policía militar que hayan terminado el curso básico de esta especialidad tendrán una bonificación mensual adicional de cinco mil ochocientos veinticinco pesos ($5.825) m/cte. Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares percibirán catorce mil setecientos noventa y ocho pesos ($14.798) m/cte, como bonificación adicional.
Article 14
Decreto 62 de 1999 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y agentes de la Policía Nacional, personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional y empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para alféreces, guardiamarinas, pilotines, grumetes y soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial
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Constitutional history
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