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Article 13

El Subsidio De Alimentación De Los Empleados Públicos De La Rama Ejecutiva En El Orden Nacional Que Devenguen Asignaciones Básicas No Superiores A Veintinueve Mil Doscientos Pesos ($ 29

Decreto 69 de 1983 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones

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Text of the article

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El subsidio de alimentación de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva en el orden nacional que devenguen asignaciones básicas no superiores a veintinueve mil doscientos pesos ($ 29.200.00), será de novecientos cincuenta pesos ($ 950.00) mensuales, moneda corriente, pagaderos por las respectivas entidades. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el funcionario disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.

Parágrafo

Cuando las entidades suministren alimentación a los empleados que conforme a este artículo tengan derecho al subsidio, no habrá lugar a su reconocimiento en dinero

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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