El subsidio de alimentación de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva en el orden nacional que devenguen asignaciones básicas no superiores a veintinueve mil doscientos pesos ($ 29.200.00), será de novecientos cincuenta pesos ($ 950.00) mensuales, moneda corriente, pagaderos por las respectivas entidades. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el funcionario disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.
Cuando las entidades suministren alimentación a los empleados que conforme a este artículo tengan derecho al subsidio, no habrá lugar a su reconocimiento en dinero