Del sistema informático para la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo. El sistema a que se refiere el literal d del artículo anterior, deberá garantizar que se lleve a cabo de forma adecuada la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo de la Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), sin barreras territoriales; el registro de las personas demandantes de empleo y los servicios obtenidos, la trazabilidad de las actuaciones seguidas por estas en su relación con el Servicio Público de Empleo; las estadísticas básicas; el conocimiento de la información resultante, entre otros ámbitos, de la gestión de la formación para el empleo, la orientación profesional, las iniciativas de empleo y los subsidios a desempleados, así como los servicios complementarios y demás actuaciones de la Agencia Pública de Empleo a cargo del Sena. CAPÍTULO V De las agencias de gestión y colocación de empleo
Decreto 722 de 2013 →In force
Article 30
Del Sistema Informático Para La Prestación De Los Servicios De Gestión Y Colocación De Empleo
Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.