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Article 111

Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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01

Text of the article

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ESPECIALIZACIONES. El profesorado policial se escalafonará según las siguientes áreas de especialización

a)

Ciencias Jurídicas;

b)

Ciencias Sociales;

c)

Ciencias de la comunicación y el comportamiento;

d)

Ciencias naturales;

e)

Ciencias matemáticas, estadísticas y de administración;

f)

Ciencias de la Salud;

g)

Ciencias Policiales;

h)

Educación física, deportes y actividades complementarias;

i)

Ramas técnicas e idiomas.

Parágrafo

Dentro de los anteriores grandes ramos que admiten un amplia variedad de especialización deberán determinarse en el nombramiento, la materia o materias que el profesor va a dictar, las cuales deben corresponder a la especialidad en que se halla escalafonado o aspira a escalafonarse.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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