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Article 17

Orientaciones Especiales

Decreto 1509 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 369 de 1994 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Orientaciones especiales. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto-ley 369 de 1994, el Inci prestará los siguientes servicios

1.

Asesoría Técnica Integral a las entidades públicas y privadas responsables de la atención especializada de las personas con limitación visual y en prevención de la Ceguera a la población en general.

2.

Promover acciones para garantizar que la población con limitación visual tenga acceso a la información a través de medios especializados tales como textos en braille, macrotipo, libro hablado y material didáctico en alto relieve.

3.

Coordinación de planes y programas de Fomento a la Integración Educativa de las personas con limitación visual. 4. coordinación de planes y programas de Apoyo a la Integración Laboral de las personas con limitación visual directamente o a través de personas jurídicas de cualquier naturaleza, cuyo objeto social esté relacionado con la promoción laboral, de las cuales haya un 50% de usuarios limitados visuales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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