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Article 32

De Las Funciones De La División De Política Y Comercio Internacional

Ley 81 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico, se determinan las funciones de sus dependencias, se deroga el Decreto legislativo número 0177 del 1o. de febrero de 1956, se dictan normas relativas a los contratos de fabricación y ensamble de vehículos automotores y a la política de precios y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Repealed

Son funciones de esta División, las siguientes:

a)

Estudiar los sistemas de comercio internacional y su evolución con el fin de permitir a la Dirección General de Comercio Internacional el cabal ejercicio de la función, a que se refiere el literal a) del artículo 31 de la presente Ley;

b)

Mantener actualizados los sistemas de información que permitan evaluar periódicamente la evolución de las tendencias de comercio internacional, para formular diagnósticos sobre la materia y proponer las medidas pertinentes;

c)

Asesorar a la Dirección General de Comercio Interno en el cumplimiento de las funciones que le señale el artículo anterior;

d)

Desarrollar las demás actividades que le asignen la ley o el reglamento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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