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Article 71

Decreto 1791 de 1996 · por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para aprovechar una plantación forestal, árboles de cercas vivas, de barreras rompevientos, de sombríos o plantación forestal asociada a cultivos agrícolas con fines comerciales se requiere, como mínimo, la presentación de los siguiente requisitos y documentos

a)

Si la plantación está ubicaba en propiedad privada, copia de la escritura de propiedad del predio y certificado de libertad y tradición con una fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, contrato de arrendamiento o calidad de tenedor. Si el interesado en aprovechar la plantación no es el mismo propietario del predio, deberá allegar autorización reciente otorgada por este;

b)

Sistema o métodos de aprovechamiento;

c)

Extensión del área a intervenir y volumen de las especies a aprovechar.

Parágrafo

Quien realice el aprovechamiento quedará sujeto a las previsiones relativas a la protección de los demás recursos naturales renovables y del ambiente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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