Programas de fiscalización. La Dirección General de Impuestos Nacionales, desarrollará programas de fiscalización, para verificar el cumplimiento de los contribuyentes con los aportes parafiscales, y proceder al rechazo de costos y deducciones de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del presente decreto. El Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, el Instituto de Seguros Sociales, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las Cajas de Compensación Familiar, deberán enviar a la Dirección de Impuestos Nacionales una relación de quienes no se encuentren a Paz y Salvo por concepto de los aportes a tales entidades, para que sobre ellos se adelanten los programas de fiscalización mencionados. JURISPRUDENCIA
Decreto 2503 de 1987 →In force
Article 153
Decreto 2503 de 1987 · por el cual se dictan normas para el efectivo control, recaudo, cobro, determinación y discusión de impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales.
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