JurídicoESEN

Article 6

Corresponde Al Notario La Redacción De Los Instrumentos En Que Se Consignen Las Declaraciones Emitidas Ante Él, Sin Perjuicio De Que Los Interesados Las Presenten Redactadas Por Ellos O Sus Asesores

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

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1 ruling reviewed it
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°. Corresponde al Notario la redacción de los instrumentos en que se consignen las declaraciones emitidas ante él, sin perjuicio de que los interesados las presenten redactadas por ellos o sus asesores. En todo caso, el Notario velará por la legalidad de tales declaraciones y pondrá de presente las irregularidades que advierta, sin negar la autorización del instrumento en caso de insistencia de los interesados, salvo lo prevenido para la nulidad absoluta, dejando siempre en él constancia de lo ocurrido.

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Constitutional history

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  1. 1998
    C-093/98Constitutional reviewUPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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