Requisitos del interrogatorio. Las preguntas se formularán oralmente en la audiencia, a menos que prefieran las partes entregar al Secretario, antes de la fecha señalada, un pliego que contenga las respectivas preguntas; estas y el pliego podrán sustituirse como lo autoriza el artículo 207. Dicho pliego podrá entregarse al Secretario del comitente para que lo remita con el despacho comisorio, o al del comisionado. Cada pregunta versará sobre un hecho y deberá ser clara y concisa; si no reúne los anteriores requisitos, el juez la formulará de la manera indicada. Cuando la pregunta insinúe la respuesta deberá ser rechazada, sin perjuicio de que una vez finalizado el interrogatorio, el juez la formule eliminando la insinuación, si la considera necesaria. Tales decisiones no tendrán recurso alguno.
Decreto 1400 de 1970 →In force
Article 226
Requisitos Del Interrogatorio
Decreto 1400 de 1970 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
1 ruling reviewed it
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
1 ruling · source: the operative part of each ruling