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Article 72

Decreto 1594 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 09 de 1979, así como el Capítulo II del Título VI, Parte III, Libro II y el Título III de la Parte III, Libro I del Decreto 2311 de 1974, en cuanto a usos del agua y residuos líquidos

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01

Text of the article

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Todo vertimiento a un cuerpo de agua deberá cumplir, por lo menos, con las siguientes normas: Referencia Usuario existente Usuario nuevo pH 5 a 9 unidades 5 a 9 unidades Temperatura = 40ºC =40ºC Material flotante Ausente Ausente Grasas y aceites Remoción = 80% en carga Remoción = 80% en carga Sólidos suspendidos, domésticos o industriales Remoción = 50% en carga Remoción = 80% en carga Demanda bioquímica de oxígeno: Para desechos domésticos Remoción = 30% en carga Remoción = 80% en carga Para desechos industriales Remoción = 20% en carga Remoción = 80% en carga Carga máxima permisible (CMP), de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 y 75 del presenta Decreto.

Parágrafo

De acuerdo con las características del cuerpo receptor y del vertimiento, la EMAR decidirá cuál o cuáles de las normas de control de vertimiento señaladas en este artículo podrán excluirse.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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