JurídicoESEN

Article 1

Bajo La Dirección, Coordinación Y Dependencia Del Fiscal General De La Nación, En Las Fuerzas Militares Se Conformarán Unidades Que Ejercerán Funciones De Policía Judicial, En Desarrollo De Lo Previsto En El Numeral 4º Del Artículo 251 De La Constitución Política, En Relación Con Hechos Punibles De Competencia De Los Jueces Regionales, En Los Eventos En Que No Sea Posible Disponer De Autoridades De Policía Judicial En El Lugar De Los Hechos

Decreto 1810 de 1992 · por el cual se otorgan funciones de Policía Judicial a las Fuerzas Militares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Bajo la dirección, coordinación y dependencia del Fiscal General de la Nación, en las Fuerzas Militares se conformarán unidades que ejercerán funciones de policía judicial, en desarrollo de lo previsto en el numeral 4º del artículo 251 de la Constitución Política, en relación con hechos punibles de competencia de los jueces regionales, en los eventos en que no sea posible disponer de autoridades de policía judicial en el lugar de los hechos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1810 de 1992