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Article 45

Decreto 2679 de 2008 · por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A., y se determinan la funciones de sus dependencias.

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01

Text of the article

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Son funciones de la Vicepresidencia Jurídica ,las siguientes

a)

Asegurar la defensa de los intereses y la representación del Banco en los asuntos y procesos que se promuevan en su contra, o que este deba promover para ese efecto, con excepción de los procesos a cargo de la Vicepresidencia de Crédito;

b)

Asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás órganos Directivos en los asuntos jurídicos que permitan asegurar que el Banco y sus trabajadores, cumplan con todos los requisitos legales a los que están obligados;

c)

Asesorar a la Presidencia y a las demás Dependencias del Banco en la interpretación de las normas constitucionales, legales, estatutarias y reglamentarias que rijan la actividad del Banco;

d)

Asesorar y coordinar funcionalmente, la ejecución de los programas adoptados y el despacho correcto y oportuno de los asuntos de competencia de los coordinadores jurídicos regionales y asesorar a las demás dependencias del Banco que tengan a su cargo el ejercicio de funciones jurídicas;

e)

Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y doctrina relacionados con la actividad del Banco y velar por su actualización y difusión;

f)

Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico se requieran;

g)

Definir la política de administración del riesgo legal del Banco;

h)

Estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos que deba expedir o proponer el Banco que sean sometidos a su consideración;

i)

Evaluar y dar viabilidad jurídica a los procesos de contratación, minutas de contratos y convenios que se adelanten en el Banco;

j)

Orientar la actuación del Banco y diseñar la estrategia jurídica de acompañamiento a los propósitos generales del Banco y el Estado;

k)

Participar en el diseño y gestión estratégica del Banco;

l)

Resolver las consultas jurídicas presentadas por las distintas dependencias del Banco, por organismos públicos, privados, clientes y usuarios de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones del Banco;

m)

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la Dependencia;

n)

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Constitutional history

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