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Article 1

Para Los Fines De La Ley 109 De 1936, Las Empresas De Energía Eléctrica Y De Acueducto Que En La Actualidad Estén Ocupando Bienes De Uso Público Y Derivando Aguas De Uso Público, Se Clasifican En Los Siguientes Grupos: Primer Grupo- Empresas Establecidas En Municipios De 10

Decreto 1606 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 109 de 1936

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01

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°. Para los fines de la Ley 109 de 1936, las empresas de Energía Eléctrica y de Acueducto que en la actualidad estén ocupando bienes de uso público y derivando aguas de uso público, se clasifican en los siguientes grupos: Primer Grupo- Empresas establecidas en Municipios de 10.000 habitantes o menos. Segundo Grupo- Empresas establecidas en Municipios de más de 10.000 habitantes.

Parágrafo

Cuando en un Municipio de 10.000 habitantes o menos, pero que sean centros industriales o mineros, hubiere empresas de las que trata este Decreto, queda obligadas a presentar los documentos que se exigen para las empresas comprendidas en el segundo grupo.

02

Constitutional history

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