º A partir del 1º de enero de 1988, el Incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo algunos funcionarios a quienes se aplica este Decreto, en virtud de lo dispuesto en los decretos extraordinarios 1042 de 1978 y 156 de 1987, se reajustara en el mismo porcentaje en que se aumenta su asignación básica, de acuerdo con la siguiente escala: Asignación básica % Hasta $ 35.565 25 Hasta 60.005 24 Hasta 96.070 22 De 96.071 en adelante 20 Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se desecharán.
Article 8
A Partir Del 1º De Enero De 1988, El Incremento De Salario Por Antigüedad Que Venían Percibiendo Algunos Funcionarios A Quienes Se Aplica Este Decreto, En Virtud De Lo Dispuesto En Los Decretos Extraordinarios 1042 De 1978 Y 156 De 1987, Se Reajustara En El Mismo Porcentaje En Que Se Aumenta Su Asignación Básica, De Acuerdo Con La Siguiente Escala: Asignación Básica % Hasta $ 35
Decreto 90 de 1988 · por el cual se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del Orden Nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondiente a dichos empleos y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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