Sanciones para los miembros de las Juntas de Calificación de Invalidez y sus secretarios. Los miembros de las Juntas de Calificación de Invalidez y los secretarios, que en forma injustificada dejen de asistir a una de sus reuniones, o se nieguen a cumplir con sus funciones, darán lugar a un llamado de atención por parte de la respectiva junta. De este llamado de atención se dejará constancia en el acta correspondiente y se informará al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La reincidencia dará lugar al cambio del respectivo miembro de la Junta o Sala de decisión, por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Decreto 1346 de 1994 →In force
Article 13
Sanciones Para Los Miembros De Las Juntas De Calificación De Invalidez Y Sus Secretarios
Decreto 1346 de 1994 · por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.