Decreto 948 de 1995 · por el cual se reglamentan, parcialmente la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73, 74, 75 y 76 del Decreto-Ley 2811 de 1974; los artículos 41, 42, 43,44, 45, 48 y 49 de la Ley 9a. de 1979; y la Ley 99 de 1993, en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Prohibición del Plomo y Restricción del Azufre y otros contaminantes en la Gasolina. Prohíbense la importación, producción, distribución y uso de gasolina que contenga tetraetilo de plomo. El Ministerio del Medio Ambiente establecerá las restricciones a la importación, producción y distribución de combustibles con contenido de Azufre y otras sustancias contaminantes.
Parágrafo 1
Las refinerías de Tibú y Orito dispondrán de dos (2) años, contados a partir de la vigencia de este Decreto, para realizar las transformaciones necesarias tendientes a dar cumplimiento a lo dispuesto por este artículo.
Parágrafo 2
Exceptúase de la prohibición de que trata el inciso 1º de este artículo, el combustible utilizado por aviones de pistón.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.