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Article 1

Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio El Territorio Nacional, Actuarán En Los Municipios Que Cuenten Con Servicio Público De Transporte Municipal, Un Comité De Transporte Municipal, El Cual Estará Integrado Así: - El Alcalde Del Municipio Correspondiente, Quien Lo Presidirá; - El Comandante Militar O Policial Con Sede En La Respectiva Municipalidad; - Las Autoridades Municipales Involucradas En La Prestación Del Servicio Público De Transporte Municipal; - El Gerente O Director De La Empresa Encargada Del Aseo O Su Delegado; - El Director Regional O Seccional Del Intra, O Su Delegado; - El Representante De Los Ferrocarriles Nacionales De Colombia De La Localidad

Decreto 2203 de 1988 · Por el cual se toman unas medidas en materia de la prestación del servicio de transporte municipal de pasajeros

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º Mientras subsista turbado el orden público y en Estado de Sitio el territorio nacional, actuarán en los municipios que cuenten con servicio público de transporte municipal, un Comité de Transporte Municipal, el cual estará integrado así: - El Alcalde del Municipio correspondiente, quien lo presidirá; - El Comandante Militar o Policial con sede en la respectiva municipalidad; - Las autoridades municipales involucradas en la prestación del servicio público de transporte municipal; - El Gerente o Director de la empresa encargada del aseo o su delegado; - El Director Regional o Seccional del INTRA, o su delegado; - El representante de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia de la localidad.

Parágrafo 1

El representante del Instituto Nacional del Transporte, asistirá a las reuniones del Comité Municipal donde esté radicado el Instituto. En las otras municipalidades podrá delegar la asistencia de un funcionario de la entidad cuando así lo soliciten.

Parágrafo 2

En el Comité Municipal conformado para el Distrito Especial de Bogotá participará el Gerente de la Empresa Distrital de Buses.

Parágrafo 3

A los Comités Municipales podrán asistir otras autoridades de la municipalidad, que se consideren necesarias, en calidad de invitados.

02

Constitutional history

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