Verificación posterior. Las calificaciones y autorizaciones expedidas por el comité de entidades sin ánimo de lucro, se otorgarán sin perjuicio de la verificación posterior que pueda adelantar la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales. La Administración Tributaria y Aduanera desarrollará programas de fiscalización dirigidos a las entidades del régimen tributario especial para determinar la procedencia de los egresos, la exención de los excedentes, el cumplimiento de las actividades señaladas en este decreto y las demás disposiciones vigentes sobre la materia. Así mismo, podrá solicitar informaciones a las entidades que ejerzan control y vigilancia a las entidades de régimen tributario especial.
Decreto 124 de 1997 →In force
Article 13
Decreto 124 de 1997 · por el cual se reglamenta el régimen tributario especial contenido en el Estatuto Tributario.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.