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Article 339

Programa Nacional Casas Para La Dignidad De Las Mujeres

Ley 2294 de 2023 · por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

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Créase el Programa Nacional de Casas para la Dignidad de las Mujeres (CDM) bajo la coordinación de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces, junto con el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), y las Alcaldías y/o Gobernaciones, como mecanismo de coordinación de la oferta integral interinstitucional municipal y departamental, que garantice a las mujeres el acceso a programas, proyectos, servicios, acciones y medidas de la política pública dirigidas a alcanzar condiciones laborales dignas, apoyo psicosocial, acompañamiento en caso de violencia, además de la promoción para el desarrollo de actividades de emprendimiento, culturales y/o deportivas.

Las entidades territoriales harán parte del Programa Nacional Casas para la Dignidad de las Mujeres y formularán de manera coordinada los lineamientos generales para su funcionamiento.

La Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces, en coordinación con el Sena, las Gobernaciones y/o Alcaldías involucradas, llevarán un registro de las Casas para la Dignidad de la Mujer con información de los programas y servicios prestados.

Parágrafo 1

Autorícese al Gobierno nacional y a los entes territoriales disponer de los recursos necesarios para la implementación de las Casas para la Dignidad de las Mujeres. Las Entidades Territoriales podrán acceder a diferentes fuentes de financiación para la implementación progresiva y mantenimiento de las Casas para la Dignidad de las Mujeres.

Parágrafo 2

El Gobierno nacional, a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces, en coordinación con las Alcaldías y/o Gobernaciones reglamentarán el Programa Nacional de Casas para la Dignidad de las Mujeres.

Parágrafo 3

Los lineamientos para la implementación de este programa, en lo que respecta a las mujeres indígenas, se construirán bajo la orientación de la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas y se concertarán en la Mesa Permanente de Concertación.

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