JurídicoESEN

Article 13

La Persona Retirada Con Derecho A Pensión De Jubilación No Podrá Ser Reintegrada Al Servicio, Salvo Cuando Se Trate De Ocupar Las Siguientes Posiciones: A)

Decreto 929 de 1976 · Por el cual se establece el régimen de prestaciones sociales de los funcionarios y empleados de la Contraloría General de la República y sus familiares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La persona retirada con derecho a pensión de jubilación no podrá ser reintegrada al servicio, salvo cuando se trate de ocupar las siguientes posiciones: a). Contralor General de la República; b). Asistente del Contralor General; c). Contralor General Auxiliar; d). Secretario General; e).Secretario Privado del Contralor; f). Directores Generales; g). Jefes de las Oficinas y Divisiones de la Contraloría; h). Los empleados enumerados en el artículo 29 del Decreto 2400 de 1968.

Parágrafo

Los pensionados que sean reincorporados a cualquiera de los empleos mencionados en este artículo, tienen derecho al reajuste de la pensión de jubilación en la forma, cuantía y término que determina el artículo 79 del Decreto 1848 de 1969.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 929 de 1976