Las licencias de actor que expida el Ministerio de Comunicaciones se clasifican en: 1 Licencias de Primera (I) clase 2 Licencias de Segunda (II) clase. 3 Licencias de Tercera (III) clase.
Las licencias de actor expedidas por el Ministerio de Comunicaciones, con anterioridad a la vigencia del presente decreto, solo tendrán validez hasta la terminación del periodo para el cual fueron expedidas.