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Article 6

Las Infracciones A Lo Dispuesto En El Presente Decreto, Por Parte De Las Estaciones De Radiodifusión Sonora, De Los Concesionarios De Espacios De Televisión Y De Las Personas Naturales O Jurídicas Contratistas De Los Canales Regionales De Televisión, Dará Lugar A La Aplicación De Las Sanciones Consagradas En El Estatuto De Radiodifusión Y En Los Correspondientes Contratos De Concesión

Decreto 2814 de 1990 · por el cual se dictan normas y se adoptan medidas para la conservación del orden público durante el período de elecciones de la Asamblea Constitucional.

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01

Text of the article

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° Las infracciones a lo dispuesto en el presente Decreto, por parte de las estaciones de radiodifusión sonora, de los concesionarios de espacios de televisión y de las personas naturales o jurídicas contratistas de los canales regionales de televisión, dará lugar a la aplicación de las sanciones consagradas en el Estatuto de Radiodifusión y en los correspondientes contratos de concesión. El Ministerio de Comunicaciones podrá de inmediato ordenar la suspensión de las trasmisiones, recobrar el dominio pleno de las respectivas frecuencias e imponer las correspondientes sanciones a los contratistas de televisión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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