Documentación comprobatoria. Por el año gravable 2012, deberán presentar la documentación comprobatoria de que trata el artículo 260-4 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que celebren operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas, domiciliados o residentes en el exterior y/o en paraísos fiscales, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y en las condiciones que esta determine, atendiendo al último dígito del NIT del declarante, sin el dígito de verificación, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación: Si el último dígito es Hasta el día 1 9 de julio de 2013 2 10 de julio de 2013 3 11 de julio de 2013 4 12 de julio de 20l3 5 15 de julio de 2013 6 16 de julio de 2013 7 17 de julio de 2013 8 18 de julio de 2013 9 19 de julio de 2013 0 22 de julio de 2013
Decreto 2634 de 2012 →In force
Article 20
Documentación Comprobatoria
Decreto 2634 de 2012 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.