° La Dirección de Marina Mercante Colombiana hará un presupuesto anual de los ingresos e inversión de los fondos a que se refiere el artículo anterior, el cual requerirá la aprobación del Comando de la Armada para su ejecución.
La administración y legalización de estos fondos se hará por conducto del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional.