JurídicoESEN

Article 1

Ley 25 de 1928 · Reformatoria de la Ley 130 de 1913

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Tribunales Seccionales de lo Contencioso Administrativo son catorce, cuyas denominaciones, territorio de su jurisdicción y lugar de su residencia se expresan en seguida:

a)

Tribunal Administrativo de Barranquilla, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Atlántico;

b)

Tribunal Administrativo de Bogotá, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Cundinamarca, Intendencia Nacional del Meta y Comisarias del Vaupés y Vichada;

c)

Tribunal Administrativo de Bucaramanga, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Santander.

d)

Tribunal Administrativo de Cali, con residencia en la ciudad del mismo y con jurisdicción en el Departamento del Valle y la Intendencia del Choco;

e)

Tribunal Administrativo de Cartagena, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Bolívar, Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia y Comisaria de Jurado;

f)

Tribunal Administrativo de Cúcuta, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Norte de Santander;

g)

Tribunal Administrativo de Ibagué, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Tolima;

h)

Tribunal Administrativo de Manizales, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Caldas;

i)

Tribunal Administrativo de Medellín, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en Departamento de Antioquia;

j)

Tribunal Administrativo de Neiva, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Huila y Comisaria del Caquetá;

k)

Tribunal Administrativo de Pasto, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Nariño y Comisaria del Putumayo y Amazonas, si llegare a crearse esta;

l)

Tribunal Administrativo de Popayán, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Cauca;

ll) Tribunal Administrativo de Santa Marta, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento del Magdalena y Comisaria de la Guajira; y m) Tribunal Administrativo de Tunja, con residencia en la ciudad del mismo nombre y con jurisdicción en el Departamento de Boyacá y en la Comisaria de Arauca.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 25 de 1928