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Article 34

Gerencia De Actuaría

Decreto 5019 de 2009 · Por el cual se modifica la estructura de la Previsora S. A. Compañía de Seguros, y se determinan las funciones de sus dependencias.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Gerencia de Actuaría. Son funciones de la Gerencia de Actuaría, las siguientes:

1.

1. Desarrollar estudios sobre el comportamiento de los ramos y amparos de seguros que ofrece o se proponga ofrecer la compañía, con el fin de determinar la prima pura de riesgo y las probabilidades de pérdida o monto agregado de las mismas.

2.

2. Generar la información actuarial sobre los diferentes productos, con las respectivas operaciones y recomendaciones para facilitar la toma de decisiones.

3.

3. Planear, orientar y coordinar los estudios actuariales tendientes a determinar los gastos de los ramos de seguros, que permita fijar a partir de la prima de riesgo, la prima comercial correspondiente.

4.

4. Estimar los recargos a la prima pura de riesgo, de acuerdo con el comportamiento siniestral a fluctuaciones aleatorias y a otros factores.

5.

5. Participar en el desarrollo de nuevos productos, desde la perspectiva de los estudios actuariales.

6.

6. Reportar oportunamente a la Vicepresidencia Técnica, la información o documentación que por su naturaleza y competencia deba ser conocida por ella.

7.

7. Suministrar a la Vicepresidencia Técnica análisis de cifras de mercado.

8.

8. Examinar las metodologías que se ajusten y optimicen los cálculos de IBNR, IBNER y demás proyecciones.

9.

9. Actualizar las Notas Técnicas de la compañía con periodicidad adecuada.

10.

10. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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