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Article 3

La Solicitud De Autorización La Hará El Concejo Municipal Por Conducto Del Personero Quien La Enviará Con La Correspondiente Documentación Al Gobernador Del Departamento Para Que Este Funcionario La Estudie, Emita Su Concepto Sobre La Conveniencia Y Utilidad De La Obra U Obras Proyectadas, Así Como Sobre Los Términos De La Convención, Y La Pase Al Gobierno Por Conducto Del Ministerio De Obras Públicas

Decreto 124 de 1923 · Por el cual se reglamentan los artículos 209 y 210 del Código Político y Municipal

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01

Text of the article

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º. La solicitud de autorización la hará el Concejo Municipal por conducto del Personero quien la enviará con la correspondiente documentación al Gobernador del Departamento para que este funcionario la estudie, emita su concepto sobre la conveniencia y utilidad de la obra u obras proyectadas, así como sobre los términos de la convención, y la pase al Gobierno por conducto del Ministerio de Obras Públicas.

Parágrafo

El concepto de que trata este artículo lo dará el Gobernador en vista de los estudios, planos y demás documentos a que se refiere el citado artículo 210 -planos y estudios que han debido hacerse por expertos; -podrá extenderse a los otros puntos o aspectos que ofrezca la negociación, y en todo caso estará precedido de un estudio amplio y razonado sobre cada una de sus cláusulas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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