Crédito o descuento del impuesto por ingresos de tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos. Los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación-SIMPLE, por concepto de ventas de bienes o servicios realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanismos de pagos electrónicos, generarán un crédito o descuento del impuesto a pagar equivalente al 0.5% de los ingresos recibidos por este medio, conforme a certificación emitida por la entidad financiera adquirente. Este descuento no podrá exceder el impuesto a cargo del contribuyente perteneciente al régimen simple de tributación – SIMPLE y, la parte que corresponda al impuesto de industria y comercio consolidado, no podrá ser cubierta con dicho descuento. De forma optativa y excluyente al descuento indicado en el inciso anterior, el contribuyente podrá tomar como descuento tributario el gravamen a los movimientos financieros que haya sido efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor y no exceda del cero coma cero cero cuatro por ciento (0,004%) de los ingresos netos del contribuyente. Este descuento no podrá exceder el impuesto a cargo del contribuyente perteneciente al Régimen Simple de Tributación -SIMPLE Y, la parte que corresponda al impuesto de industria y comercio consolidado no podrá ser cubierta con dicho descuento.
Decreto 624 de 1989 →In force
Article 912
Crédito O Descuento Del Impuesto Por Ingresos De Tarjetas De Crédito, Débito Y Otros Mecanismos De Pagos Electrónicos
Decreto 624 de 1989 · Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
supplemented (inciso segundo) by ley 2277/22 supplemented by ley 1819/16 implemented by decreto 1091/20 implemented by decreto 1468/19 replaced by ley 2010/19 replaced by ley 1943/18
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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