º. Sólo para la venta por mayor de efectos introducidos al territorio nacional se permiten los cómputos o cálculos en pesas o medidas extrajeras distintas de las mencionadas en esta capítulo y en el anterior. Pero es obligatorio para el vendedor indicar, bajo su responsabilidad, la equivalencia con las pesas y medidas de que trata este Decreto. CAPÍTULO 3º De las especificaciones y tolerancias en general.
Decreto 956 de 1931 →In force
Article 3
Sólo Para La Venta Por Mayor De Efectos Introducidos Al Territorio Nacional Se Permiten Los Cómputos O Cálculos En Pesas O Medidas Extrajeras Distintas De Las Mencionadas En Esta Capítulo Y En El Anterior
Decreto 956 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley No. 33 de 1905, sobre pesas y medidas
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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