En el currículo de este tipo de planteles, se incluirán contenidos y actividades directamente relacionadas con el componente cooperativo que propenda por imprimir en los estudiantes una formación con un perfil eminentemente cooperativo.
Para efectos de la descentralización, las novedades del personal docente del Programa de Planteles Cooperativos, será de cargo del competente nominador en cada entidad territorial.