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Article 3

º

Decreto 3092 de 1997 · por el cual se adoptan medidas para la orientación de los recursos del sistema financiero.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Colocaciones computables. Para efectos de acreditar el porcentaje establecido en el artículo 1º de este decreto, a la diferencia en el saldo de los créditos destinados a financiar soluciones de vivienda de interés social entre el final del período de control correspondiente y el 31º de diciembre de 1997, se le aplicarán los siguientes factores de ponderación

a)

Tres punto cero veces (3.0) el saldo de los créditos destinados a financiar la adquisición, construcción, mejoramiento, habilitación o subdivisión de soluciones de vivienda de interés social localizadas en municipios con población inferior o igual a cien mil (100.000) habitantes;

b)

Tres punto cero veces (3.0) el saldo de los créditos destinados a financiar la adquisición, construcción, mejoramiento, habilitación o subdivisión de soluciones de vivienda de interés social con valor comercial inferior o igual a setenta (70) salarios mínimos legales;

c)

Dos punto cero veces (2.0) el saldo de los créditos destinados a financiar la adquisición, construcción, mejoramiento, habilitación o subdivisión de soluciones de vivienda de interés social localizadas en municipios con población superior a cien mil (100.000) habitantes e inferior a quinientos mil (500.000) habitantes;

d)

Uno punto cero veces (1.0) el saldo de los demás créditos destinados a financiar soluciones de vivienda de interés social. También será computable la cartera de vivienda de interés social que se adquiera definitiva o temporalmente a cualquier establecimiento de crédito, y la cartera de vivienda de interés social que se adquiera definitivamente al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana -Inurbe.

Parágrafo 1

Los factores establecidos en los literales a) y c) de este artículo se incrementarán hasta en un punto (1.0) si se trata de soluciones de vivienda de interés social con valor comercial inferior o igual a setenta (70) salarios mínimos legales.

Parágrafo 2

Los factores indicados en este artículo no serán acumulativos, es decir, los créditos clasificados en una categoría no podrán ser incluidos en otra.

Parágrafo 3

Las soluciones de vivienda de interés social a que se refiere este decreto son aquellas definidas conforme a lo dispuesto por los artículos 44 de la Ley 9º de 1989 y 5º de la Ley 3º de 1991.

Parágrafo 4

Para los efectos de este artículo, se tomarán las cifras oficiales de población que suministre el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE-.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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