Suministro eventual de elementos. El Servicio de Intendencia de cada Fuerza, además de los elementos a que se refieren los artículos precedentes de este decreto, podrá producir, adquirir y suministrar a los Oficiales y Suboficiales de la respectiva Fuerza, con cargo a su presupuesto de gastos, aquellos elementos, reglamentarios o no, que se requieran para el cumplimiento de ciertas misiones o actividades, tales como operaciones militares, comisiones al exterior, demostraciones y visitas especiales, o para el desempeño de cargos que impongan el desgaste acelerado de componentes reglamentarios del uniforme o para cualquier otra circunstancia del servicio que exija el suministro individual o colectivo de tales elementos. Los Comandantes de Fuerza determinarán las prendas de vestuario y los elementos de equipo que se consideren necesarios en cada uno de los casos especiales a que se contrae este artículo. CAPITULO II. DE LAS DESTINACIONES, TRASLADOS, COMISIONES, LICENCIAS, PASAJES Y VIATICOS.
Decreto 664 de 1985 →In force
Article 73
Decreto 664 de 1985 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 89 de 1984, reorgánico de la Carrera de oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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