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Article 40

Decreto 2150 de 1995 · Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública

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2 rulings reviewed it
01

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SUPRESIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍAS JURÍDICAS. Suprímese el acto de reconocimiento de personería jurídica de las organizaciones civiles, las corporaciones, las fundaciones, las juntas de acción comunal y de las demás entidades privadas sin ánimo de lucro. Para la obtención de su personalidad, dichas entidades se constituirán por escritura pública o documento privado reconocido en el cual se expresará, cuando menos, lo siguiente

1.

El nombre, identificación y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes.

2.

El nombre.

3.

La clase de persona jurídica.

4.

El objeto.

5.

El patrimonio y la forma de hacer los aportes.

6.

La forma de administración con indicación de las atribuciones y facultades de quien tenga a su cargo la administración y representación legal.

7.

La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales habrá de convocarse a reuniones extraordinarias.

8.

La duración precisa de la entidad y las causales de disolución.

9.

La forma de hacer la liquidación una vez disuelta la Corporación o Fundación.

10.

Las facultades y obligaciones del Revisor Fiscal, si es del caso.

11.

Nombre e identificación de los administradores y representantes legales. Las entidades a que se refiere este artículo, formarán una persona distinta de sus miembros o fundadores individualmente considerados, a partir de su registro ante la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal de la persona jurídica que se constituye.

Parágrafo

Con sujeción a las normas previstas en este capítulo, el Gobierno Nacional reglamentará la forma y los plazos dentro de los cuales las personas jurídicas de derecho privado actualmente reconocidas se inscribirán en el registro que lleven las cámaras de comercio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

  1. 1996
    C-395/96Constitutional reviewUPHELD
  2. 1997
    C-077/97Constitutional reviewESTARSE A LO RESUELTO
2 rulings · source: the operative part of each ruling
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