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Article 35

Decreto 2679 de 2008 · por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A., y se determinan la funciones de sus dependencias.

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01

Text of the article

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Son funciones de la Vicepresidencia Financiera , las siguientes

a)

Orientar, dirigir y evaluar las actividades tendientes a asesorar a la Junta Directiva, a la Presidencia y a los demás órganos de Dirección Administrativa, en el diseño, desarrollo, implementación, control y ajuste, dentro del marco legal, de las políticas, estrategias y procedimientos financieros que permitan al Banco el cumplimiento de sus objetivos;

b)

Proponer, desarrollar y controlar, las políticas financieras del Banco, de acuerdo con las normas sobre la materia y considerando los aspectos que minimicen el riesgo financiero;

c)

Dirigir, proponer, controlar y evaluar, las políticas y estrategias en materia de planeación, presupuesto, análisis financiero, contabilidad, impuestos y tesorería Nacional e internacional;

d)

Prestar la asesoría económica y de servicios financieros que demande la Entidad para lograr sus objetivos a corto, mediano y largo plazo;

e)

Ordenar, evaluar y controlar la elaboración de los informes relacionados con los aspectos de orden financiero y contable exigidos por Organismos Gubernamentales o por Entes de Control;

f)

Orientar mecanismos de control permanente que faciliten la aplicación de medidas que impidan que la Entidad sea utilizada en actividades de lavado de activos;

g)

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la Dependencia a su cargo;

h)

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Constitutional history

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