° Los Oficiales de Sanidad, Médicos y Odontólogos, con grado militar, devengarán el sueldo fijado para el cargo que desempeñe, de conformidad con lo prescrito en el
del artículo 2° de la Ley 55 de 1938.
Los Oficiales De Sanidad, Médicos Y Odontólogos, Con Grado Militar, Devengarán El Sueldo Fijado Para El Cargo Que Desempeñe, De Conformidad Con Lo Prescrito En El Parágrafo Del Artículo 2° De La Ley 55 De 1938
Decreto 790 de 1940 · Por el cual se dictan unas providencias sobre asignaciones de Oficiales de Sanidad, en el ramo de Guerra
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
° Los Oficiales de Sanidad, Médicos y Odontólogos, con grado militar, devengarán el sueldo fijado para el cargo que desempeñe, de conformidad con lo prescrito en el
del artículo 2° de la Ley 55 de 1938.
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.