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Article 31

Decreto 384 de 1985 · Mediante el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967 y 20 de 1969 en relación con metales preciosos y se modifica el decreto 1275 de 1970

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01

Text of the article

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Sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones especiales que le señale el Ministerio de Minas y Energía en el acto de adjudicación del permiso, el titular del mismo queda sujeto a las siguientes obligaciones generales

1.

A explorar y explotar la zona.

2.

A presentar los informes de que trata el artículo 151 del Decreto 1275 de 1970, en la forma prevista para los contratos de concesión.

3.

A demostrar anualmente el cumplimiento del programa presentado y aprobado por el Ministerio de Minas y Energía.

4.

A cumplir todas las disposiciones en materia minera, particularmente lo establecido en los artículos 4º , 5º , 6º y 7º y en el Capítulo VI de este Decreto.

5.

A no suspender las labores por más de seis (6) meses continuos o discontinuos en el mismo año.

6.

A comercializar los metales preciosos extraídos de los minerales conforme con lo dispuesto en las normas vigentes sobre el particular y en este Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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