El docente que en razón de las normas vigentes tenga la calidad de educador amenazado, o que se encuentre en situación de desplazamiento originado en problemas de orden público se inscribirá y presentará las pruebas académico-pedagógicas, en el sitio que señale la secretaría de educación departamental o distrital que ejerza competencia en el lugar en que se encuentra ubicado el docente o directivo. Para estos casos el Ministerio de Educación Nacional reglamentará lo pertinente a la evaluación de desempeño.
Decreto 620 de 2000 →In force
Article 16
Decreto 620 de 2000 · Por el cual se establecen reglas y criterios para la evaluación de docentes en ejercicio, al servicio del Estado y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.