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Article 2

El Administrador Podrá Establecer Los Estanquillos O Expendios Que Considere Convenientes Para La Mejor Organización E Incremento De La Renta, Y Podrá Fijar Las Asignaciones Respectivas, Sin Que Éstas Puedan Pasar En Ningún Caso De $ 60 Mensuales Para Los Que Funcionen En Los Lugares De Puerto Estadía, Castilletos Carneipia, Y De $ 40 Mensuales Para Los Demás Puntos, Más El 5 Por 100 Sobre Los Recaudos, Para Unos Y Otros

Decreto 2046 de 1926 · Por el cual se reorganiza la Administración de Rentas de la Comisaría de La Goajira

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° El administrador podrá establecer los estanquillos o expendios que considere convenientes para la mejor organización e incremento de la renta, y podrá fijar las asignaciones respectivas, sin que éstas puedan pasar en ningún caso de $ 60 mensuales para los que funcionen en los lugares de Puerto Estadía, Castilletos Carneipia, y de $ 40 mensuales para los demás puntos, más el 5 por 100 sobre los recaudos, para unos y otros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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