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Article 42

Las Placas Diplomáticas Se Adjudicarán Únicamente A Los Automóviles Destinados Al Uso Particular De Los Funcionarios Diplomáticos (Aparte A) Del Artículo 8º) Y Al Automóvil Oficial De La Misión

Decreto 3135 de 1956 · Por el cual se determinan los privilegios y prerrogativas de los Agentes Diplomáticos y Consulares acreditados en Colombia

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las placas diplomáticas se adjudicarán únicamente a los automóviles destinados al uso particular de los funcionarios diplomáticos (aparte a) del artículo 8º) y al automóvil oficial de la Misión. Cualquier otro vehículo perteneciente a las Misiones o a sus funcionarios recibirá placas comunes exentas de impuestos.

Parágrafo

En la misma forma y con destino a funcionarios consulares y de organismos internacionales o de ayuda técnica (aparte c) y d) del artículo 8º) entregará el Ministerio de Relaciones Exteriores placas exentas de impuestos para sus vehículos particulares.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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