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Article 12

Establécese Para Los Funcionarios Diplomáticos Consulares Y Administrativos Del Servicio Exterior De La República, Un Subsidio Equivalente Al 4% De La Asignación Básica Mensual Por Esposa O Compañera, O Compañero Permanente Y Por Cada Hijo A Cargo, Siempre Y Cuando Estos Últimos Sean Menores De Veinticinco (25) Años Y Demuestren Que Dependen Económicamente Del Funcionario

Decreto 87 de 1994 · por el cual se fijan las asignaciones básicas mensuales, prima de costo de vida y se dictan disposiciones en materia salarial para los funcionarios Diplomáticos, consulares y administrativos del Servicio Exterior de la República

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01

Text of the article

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Establécese para los funcionarios diplomáticos consulares y administrativos del servicio exterior de la República, un subsidio equivalente al 4% de la asignación básica mensual por esposa o compañera, o compañero permanente y por cada hijo a cargo, siempre y cuando estos últimos sean menores de veinticinco (25) años y demuestren que dependen económicamente del funcionario.

Parágrafo

El subsidio por personas dependientes, al cual se alude en el presente artículo, se concederá además de la esposa o compañera, o compañero permanente, hasta en un máximo de dos (2) hijos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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