° Señálase un plazo hasta el treinta (30) de abril del año en curso a las cinco (5) p.m. para la presentación de las solicitudes de qué trata el artículo anterior. Se entenderá que todas aquellas personas que no hagan uso del derecho de presentar dentro del plazo que se establece en este artículo la mencionada solicitud, renuncian al derecho de reexportar el capital que hubieren importado con anterioridad a la vigencia de este Decreto, y al de girar al Exterior sus rendimientos. En consecuencia, estos capitales no se registrarán y serán considerados como nacionales.
Decreto 545 de 1951 →In force
Article 2
Señálase Un Plazo Hasta El Treinta (30) De Abril Del Año En Curso A Las Cinco (5) P
Decreto 545 de 1951 · Por el cual se ordena levantar un censo de los capitales extranjeros con derecho a reembolso, invertidos en el país
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.