Revocatoria directa de las resoluciones de adjudicación de baldíos a particulares, donde estén establecidas comunidades indígenas. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 69 y 72 de la Ley 160 de 1994 y de conformidad con el Capítulo V del Título II del Decreto Reglamentario número 1465 de 2013, el Incoder podrá revocar directamente, en cualquier tiempo, las resoluciones de adjudicación de tierras baldías donde estén establecidas comunidades indígenas o que constituyan su hábitat, proferidas con violación a lo establecido en las normas legales o reglamentarias vigentes sobre baldíos. No podrán hacerse adjudicaciones de baldíos donde estén establecidas comunidades indígenas o que constituyan su hábitat, sino únicamente y con destino a la constitución y ampliación de resguardos indígenas.
Article 10
Revocatoria Directa De Las Resoluciones De Adjudicación De Baldíos A Particulares, Donde Estén Establecidas Comunidades Indígenas
Decreto 2333 de 2014 · por el cual se establecen los mecanismos para la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente por los pueblos indígenas acorde con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Convenio número 169 de la OIT, y se adicionan los artículos 13, 16 y 19 del Decreto número 2664 de 1994.
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