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Article 2

Son Condiciones Generales Para La Adjudicación Del Todo O Parte Del Valor De Las Casas Construidas Por El Gobierno, Las Siguientes: A) Haber Sido Damnificados Por Los Terremotos Ocurridos En Los Años De 1935 Y 1936, Según La Definición Del Artículo 6° De La Ley 115 De 1936

Decreto 1965 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la ley 46 de 1937, que provee la adjudicación de casas a los damnificados en el terremoto de la ciudad de Túquerres

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01

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° Son condiciones generales para la adjudicación del todo o parte del valor de las casas construidas por el gobierno, las siguientes

a)

Haber sido damnificados por los terremotos ocurridos en los años de 1935 y 1936, según la definición del artículo 6° de la ley 115 de 1936.

b)

Comprobar la propiedad sobre las construcciones destruidas o afectadas por los terremotos; y

c)

Comprobar la cuantía de los de los sufridos por el damnificado, con los documentos requeridos en el presente decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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