°. Elévase a diez pesos, en toda la República, el derecho de degüello que se cobra por cada cabeza de ganado vacuno. Este impuesto empezara a cobrarse desde primero de Abril próximo, fecha en la cual quedaran suprimidas las Carnicerías oficiales. En los Departamentos en que la Nación, por cualquier arreglo, hubiere reasumido la propiedad de esta renta, el producto del nuevo derecho ingresara íntegramente a las áreas públicas; y en los demás sólo se cobrara por la Nación el excedente sobre el primitivo impuesto, pues éste seguirá recaudándose por los respectivos rematadores.
Decreto 75 de 1895 →In force
Article 4
Elévase A Diez Pesos, En Toda La República, El Derecho De Degüello Que Se Cobra Por Cada Cabeza De Ganado Vacuno
Decreto 75 de 1895 · Por el cual se allegan fondos para atender al restablecimiento del orden público
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.